¿Puedo vender el coche si está asegurado?
Sí, puedes vender tu coche, pero debes gestionar el seguro contratado y notificar la venta a la DGT para cambiar el titular y librarte de cualquier responsabilidad.
Puntos clave
En caso de venta puedes traspasar tu póliza a un nuevo vehículo, solicitar un extorno de prima o cambiar el titular del seguro
Debes notificar la venta en un plazo de 15 días naturales a tu aseguradora
Mantendrás tu historial de siniestralidad porque no se vincula al coche asegurado
Vender un coche implica mucho más que entregar las llaves al nuevo dueño. Uno de los puntos más importantes es gestionar correctamente tu póliza actual avisando dentro del plazo estipulado a tu aseguradora. Además, debes seguir también las indicaciones de la DGT. Te explicamos todos los pasos a seguir.
¿Qué hacer con el seguro si vendes el coche?
Cuando formalizas la venta de un vehículo a otra persona o empresa, debes notificar en un plazo máximo de 15 días de esta decisión a tu compañía aseguradora para que gestione la póliza.
Por tu parte, deberás elegir la opción que prefieras dentro de lo permitido por tu aseguradora: traspasar la póliza a otro vehículo, solicitar un reembolso de la prima no disfrutada o cambiar el titular del seguro.
1. Traspasar la póliza a un coche nuevo
Es la alternativa más habitual, especialmente si vas a comprarte un coche nuevo o tienes otro para sustituir el que acabas de vender. Consiste en usar la misma póliza en tu nuevo vehículo.
En Prima Seguros actualmente no realizamos traspasos directos de una póliza vieja a una nueva, por lo que debes cancelar la póliza del coche vendido y calcular una nueva para el nuevo vehículo. De esta forma, ajustamos el precio al modelo, potencia y antigüedad del coche nuevo.
2. Solicitar un extorno de prima
Si no tienes pensado comprar otro coche en el corto plazo, puedes solicitar un extorno de prima. El extorno es la devolución de la parte proporcional de la prima que ya has pagado pero no vas a disfrutar.
Para ello, es fundamental que presentes el justificante de venta de la DGT que demuestra que ya no eres el propietario del vehículo asegurado.
En Prima solo realizamos el extorno a aquellos clientes que contratan una nueva póliza y no han sufrido siniestros con el contrato anterior.
3. Hacer un cambio de titular del seguro
La última opción es solicitar un cambio de titular del coche asegurado. En este caso, la compañía aseguradora tiene que evaluar el riesgo del nuevo propietario, puesto que su historial es completamente distinto al tuyo.
En este sentido, la aseguradora puede cambiar las condiciones originales de la póliza e incluso rechazar al nuevo titular si considera que el riesgo es demasiado alto. Para ello, según la Ley de Contrato Seguro, dispone de 15 días naturales desde que conoció el cambio de titular para comunicar su decisión.
Notificación de venta a la DGT
Además de las gestiones con tu compañía aseguradora, debes comunicar la venta a la DGT para que el vehículo pase a ser de forma oficial de la otra persona. Para ello, debes seguir una serie de pasos.
El primero es comprobar que el vehículo está dado de alta y está al día en el pago de impuestos, como el impuesto de circulación. La propia DGT permite comprobar el estado de un vehículo solicitando un informe reducido a través de su web.
Si todo está en orden, lo siguiente es firmar el contrato de compraventa. Para ello se necesitan los datos del comprador y vendedor (nombre, apellidos y DNI), datos del vehículo, precio de compra y la fecha y hora en la que se firma el contrato. Es imprescindible que todas las hojas deben estar firmadas por ambas partes.
Aquí puedes acceder a una copia del modelo de compra venta facilitado por la DGT.
Una vez que se tiene firmado, hay que notificar la venta a la DGT enviando el documento a través de Internet o de forma presencial y pagando la tasa de 8,67€.
El comprador tiene un plazo de 30 días para realizar el cambio de titularidad ante la DGT, pero tú como vendedor debes notificar la venta mucho antes. De esta forma, la responsabilidad del vehículo deja de ser tuya y evitas problemas como multas y sanciones.
Así pues, de forma resumida, los pasos a seguir para notificar la venta del vehículo son:
Comprobar que el vehículo está dado de alta y libre de cargas
Firmar el contrato de compraventa con los datos de ambas partes
Pagar la tasa correspondiente y enviar la notificación a la DGT
Plazo legal y obligaciones del vendedor
Como hemos explicado, si vendes tu coche debes seguir la normativa española para cumplir los plazos marcados por la Ley de Contrato Seguro en lo que refiere al seguro y por la DGT en lo que respecta a la titularidad del vehículo.
En la siguiente tabla puedes ver los plazos requeridos tras la venta del coche:
| Trámite | Plazo legal | Responsable |
|---|---|---|
| Notificar a la aseguradora | 15 días naturales | Vendedor |
| Notificar venta a la DGT | Cuanto antes | Vendedor |
| Cambio de titularidad del coche | 30 días | Comprador |
¿Se pierden las bonificaciones del seguro al vender el coche?
No, el historial de siniestralidad pertenece al conductor, no al vehículo, por lo que se asocia a tu perfil aunque cambies de coche o de compañía. Las aseguradoras consultan el fichero SINCO y pueden comprobar rápidamente los partes que has reportado los últimos cinco años y en cuáles eras el culpable.
Por tanto, puedes mantener tus bonificaciones por buen conductor.
Preguntas frecuentes sobre la venta del coche
No es recomendable, puesto que ante cualquier siniestro el responsable será el tomador del seguro. Además, la aseguradora podrá rechazar la cobertura por agravación del riesgo no comunicada.
Para dar de baja el seguro por venta del coche necesitarás presentar a tu aseguradora: datos personales del tomador, copia del DNI y justificante de compraventa de la DGT.
Si has notificado la venta a la DGT no pasará nada, pero si no lo has hecho recibirás la multa porque sigues siendo el titular del vehículo.
No, si tienes deudas pendientes de pago o alguna multa la DGT no permitirá que se realice la transferencia del vehículo.
Sí, es legal, pero el coche no podrá circular, ya que el conductor se expone a sanciones económicas y a la inmovilización del vehículo.
La reserva de dominio es una cláusula en la financiación de los vehículos con la cual la financiera es la propietaria hasta que se realiza el pago total del préstamo. Por tanto, no se permite la venta del coche ni tampoco el cambio de titularidad ni tramitar la baja.