¿Qué es la oferta motivada en un seguro de coche y cómo te afecta?
La oferta motivada es la propuesta oficial de indemnización que la aseguradora del conductor responsable del siniestro debe presentar de manera obligatoria al perjudicado del accidente.
Puntos clave
El plazo legal para presentar la oferta es de tres meses desde la recepción de la reclamación
Si la aseguradora incumple el plazo sin causa justificada se devengan intereses financieros a favor del perjudicado
Si no estás de acuerdo, puedes rechazar la oferta e iniciar una reclamación mediante procedimiento pericial o judicial
Si has sufrido un accidente de tráfico con daños materiales y personales, puedes solicitar una indemnización para compensar dichos daños a la compañía del conductor responsable. Te explicamos el proceso a seguir, qué es la oferta motivada y las opciones que marca la legislación española.
¿Qué es la oferta motivada?
La oferta motivada es el documento que la compañía de seguros del conductor responsable envía a la víctima de un siniestro tras realizar una reclamación por los daños personales y materiales sufridos. Contiene una propuesta de indemnización en base a las cuantías especificadas en el Baremo de Autos y reconoce la culpa total o parcial del otro conductor.
Aparece reflejada en el Artículo 7 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor como obligación de las compañías aseguradoras dentro del proceso de pago de indemnizaciones.
Plazo legal para recibir la oferta motivada
Tal y como recoge la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor la aseguradora dispone de un plazo máximo de tres meses desde la recepción de la reclamación para dar una respuesta al perjudicado.
Si pasado ese plazo no ha contestado a la reclamación y no tiene una causa justificada para ello, se aplicarán intereses de demora.
Requisitos de la oferta motivada según la ley
Para que la oferta motivada sea válida y legal, debe cumplir con una serie de requisitos formales que están estipulados en el Artículo 7 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor:
Reconocer la culpa total o parcial del conductor causante del siniestro
Incluir la propuesta de indemnización por accidente por los daños en las personas y bienes derivados del siniestro. Si ambos concurren, debe recogerse de forma separada la valoración e indemnización.
Incluir el desglose y detalle de los informes utilizados para la valoración de los daños. Debe identificar de forma clara cuáles se han utilizado para cuantificar la indemnización.
Debe constar que el pago del importe no inhabilita al perjudicado a emprender futuras acciones si considera que la indemnización es menor a la que le corresponde.
¿Cómo se calcula la indemnización a recibir?
Para poder ofrecer una indemnización, en España existe el Baremo de Accidentes de Tráfico, que recoge las cuantías de las indemnizaciones que reciben las víctimas de un accidente de tráfico por lesiones, secuelas o fallecimiento. Se utiliza por parte de jueces, abogados y aseguradoras para calcular el importe económico correspondiente según la gravedad del daño.
En el año 2026, las cantidades fijadas son las siguientes:
| Tipo de perjuicio | Cantidad a recibir |
|---|---|
| Básico | 39,20 €/día |
| Moderado | 67,96 €/día |
| Grave | 98,02 €/día |
| Muy grave | 130,69 €/día |
| Intervención quirúrgica | Desde 522,76€ hasta 2.091,05€ |
| Gastos de asistencia sanitaria | Importe completo |
| Gastos diversos | Importe completo |
| Lucro cesante (ingresos que dejan de recibirse) | Importe completo |
Para conocer todas las cantidades fijadas, puedes consultar el siguiente documento
¿Qué hacer si no estás de acuerdo con la oferta?
Debes saber que recibir una oferta motivada no te obliga a aceptarla de forma definitiva. Si consideras que la cantidad ofrecida no compensa el perjuicio sufrido, tienes derecho a reclamar, tal y como recoge el Artículo 7 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.
Para ello, dispones de dos opciones legales:
A costa de la aseguradora, pedir informes periciales complementarios al Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses.
A cargo del perjudicado, solicitar informes periciales complementarios a un especialista privado.
En cualquier caso, la aseguradora contraria está obligada a enviar una nueva oferta motivada tras la nueva evaluación pericial.
¿Qué pasa si la aseguradora no realiza una oferta motivada?
Si la aseguradora no está de acuerdo y rechaza la indemnización, deberá ofrecer lo que se conoce como respuesta motivada. Este documento deberá incluir tres apartados:
Una respuesta argumentada de por qué rechaza la oferta: la responsabilidad no está determinada, no se ha podido cuantificar el daño o cualquier otra causa que debe ser especificada.
Documentos e informes (como el informe médico pericial definitivo) que acrediten las razones por las cuales la aseguradora no emite una oferta motivada.
Una mención indicando que no requiere aceptación o rechazo por parte del perjudicado y que no afecta a cualquier acción que le corresponda para ejercer sus derechos.
Preguntas frecuentes sobre la oferta motivada
La oferta motivada es la propuesta de indemnización que realiza una aseguradora tras reconocer la culpa de su asegurado en el siniestro, mientras que la respuesta motivada supone el rechazo a indemnizar porque se considera que no hay razones para ello.
Sí, tal y como recoge la Ley puedes aceptar el cobro de la indemnización propuesta y reclamar judicialmente una cantidad superior.
Si estás conforme con la oferta motivada recibida, la aseguradora tiene un plazo de cinco días para pagar. De lo contrario, se pueden aplicar intereses de demora.
Si consideras que la indemnización ofrecida no es justa puedes solicitar una nueva valoración pericial a un especialista privado o al Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses.
En estos casos, las competencias recaen sobre el Consorcio de Compensación de Seguros, que actuará como fondo de garantía para asegurar que se paga la indemnización a la cual tienes derecho como asegurado.
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